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BUSCAN GOBIERNO Y FISCALÍA ENDURECER PENAS PARA COMBATIR EL MALTRATO INFANTIL

El secretario general de Gobierno, Enrique Morán Faz, anunció que ante el incremento en el número de casos de maltrato infantil en la entidad, el Gobierno del Estado pugnará por endurecer las figuras penales para que se sancione con mayor rigor a los agresores.

“El Gobierno del Estado está preocupado por este flagelo que aqueja a nuestra sociedad y no podemos ser omisos; estamos haciendo nuestro trabajo con toda responsabilidad y tomaremos las acciones que se tengan que hacer, tanto de forma preventiva como correctiva”, subrayó.

En ese sentido, dijo que en coordinación con la Fiscalía General del Estado, se podría presentar en breve ante el Congreso del Estado una iniciativa de ley para tipificar los delitos y endurecer las penas en contra de quienes incurran en situaciones de este tipo, de manera que puedan ser fácilmente vinculados a proceso.

“Estamos analizando el tema de cómo endurecer el Código Penal del Estado o la parte de las sanciones penales en el Estado para poder tipificar en una forma más específica el maltrato infantil y la vinculación de aquellos consanguíneos o responsables del menor que no tengan una actitud comprometida y ética en el cuidado de los infantes”, destacó Morán Faz.

Al respecto, el fiscal general del Estado, Jesús Figueroa Ortega, destacó la necesidad de promover una iniciativa de ley, ya sea para crear un tipo penal que se denominaría maltrato infantil; o bien, modificar el Código Civil para incluir las conductas de omisión cuando un miembro de la familia permite que otro incurra en actos de violencia contra menores de edad.

“Creo que esa reforma o la creación de un tipo penal vendría a reforzar y le daría más herramientas tanto al DIF Estatal, que es el encargado de la investigación inicial, y por supuesto a la Fiscalía, para regular este tipo de situaciones”, subrayó

Explicó que estas propuestas se derivan de aquellos casos en que los padres no denuncian o informan sobre actos de violencia que se suscitan en el hogar, ya sea por miedo o complicidad.

“El artículo 466 del Código Civil establece cuáles son las causales de la pérdida de la patria potestad; en materia penal tenemos dos tipos penales que pudiéramos relacionar con esta problemática, que son las lesiones dolosas y la violencia familiar”, indicó Figueroa Ortega.

Sin embargo, dijo por último, en ocasiones las conductas pueden no ser necesariamente de acción, y que la madre o el padre biológicos no sean los agentes materiales de este tipo de actos, por lo que es necesario cubrir ese vacío.

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